Qué hacer en caso de accidente
El accidente deberá ser comunicado dentro de las 48 horas siguientes a la ocurrencia del mismo y, en cualquier caso, antes de acudir a un centro sanitario para recibir atención médica (excepto urgencia vital).
La asistencia será siempre a cargo de las clínicas concertadas presentes en el cuadro médico propuesto.
No serán cubiertas las asistencias médicas en centros de la Seguridad Social o no concertados (excepto urgencias vitales y sólo hasta la estabilización que permita el traslado del accidentado a un centro concertado).
Asistencia por urgencia vital
En el caso de URGENCIA VITAL (aquella en la que peligre la vida del lesionado), la asistencia sanitaria podrá prestarse en el centro sanitario con los recursos necesarios más cercano. En cuanto sea posible, se deberá tramitar la apertura de expediente con la Compañía Aseguradora.
Asistencia urgente
El deportista que por motivo de un accidente deportivo requiera asistencia URGENTE E INMEDIATA, deberá comunicar a Gerosalud su siniestro y solicitar un centro con servicio de Urgencias.
981 941 111
En dicha llamada se recabarán sus datos personales e información básica del siniestro, facilitándole, a continuación, un Nº de siniestro y el centro concertado al que deberá dirigirse.
El federado acudirá al centro concertado de asistencia de urgencias indicado.
A su llegada al centro, éste ya habrá recibido una autorización para su atención, por lo que bastará con identificarse únicamente.
Para cualquier prueba/tratamiento/revisión solicitados en la visita inicial se requerirá autorización de la compañía de seguros.
Asistencia no urgente
En el caso de que la atención al deportista no sea necesariamente inmediata y pueda programarse, se deberá gestionar la apertura de siniestro del mismo modo que en el punto anterior (a través del 981 941 111) y se le asignará una cita preferente con el médico especialista para su valoración.
Solicitud de continuidad asistencial
Si como consecuencia de una primera atención (urgente o programada), se requiriese una nueva asistencia (exploraciones complementarias, intervenciones quirúrgicas, rehabilitación, visitas sucesivas, etc.), el federado deberá solicitar la oportuna autorización por email a siniestros@gerosalud.es
Para solicitar dicha autorización, el federado deberá haber aportado:
- Parte de accidente debidamente sellado por la Federación y que se realiza a través de la aplicación móvil de la FEMPA (opción más rápida) o bien a través de su página web.
- Informe médico de la primera urgencia/asistencia o de la prescripción médica que justifique necesidad de prueba complementaria o intervención quirúrgica.
Una vez recibida dicha documentación, la compañía de seguros hará llegar al centro donde se vaya a realizar la asistencia, la oportuna autorización, realizándose estas asistencias siempre en los centros concertados por la compañía de seguros.
Sin la presentación de estos documentos no se podrá continuar ofreciendo asistencia.
Asistencia sanitaria en el extranjero
En caso de necesitarse asistencia sanitaria en el extranjero, el federado tiene dos opciones:
- Opción Prioritaria: En caso de siniestro ocurrido durante el período de validez de la presente póliza, el beneficiario deberá ponerlo en conocimiento de AWP ASSISTANCE SERVICE de forma inmediata, y en todo caso en el plazo máximo de 7 días a contar desde la fecha en que se produjo o se conoció el mismo, mediante llamada telefónica al número (+34) 91 452 29 15, disponible las veinticuatro (24) horas los trescientos sesenta y cinco (365) días del año. En ambos casos el beneficiario deberá indicar sus datos personales, la Federación a la que pertenece, número de póliza y el tipo de licencia que posee, así como una breve descripción de lo ocurrido, a fin de verificar su derecho a la prestación de los servicios garantizados.
- Segunda opción: Acudir al centro sanitario más cercano y abonar el importe de la factura de las asistencias recibidas, recobrando posteriormente, siempre que el siniestro tenga cobertura, el importe de la misma de la compañía aseguradora Allianz, hasta el límite de suma asegurada establecido en la póliza, según modalidad de cobertura contratada (se deberán presentar las facturas pagadas).
Recuerde
Ante cualquier problema o consulta relativa a su accidente, puede contactar con Gerosalud bien en el teléfono 981 941 111 (Lunes a Viernes de 08:00h a 22:00h – Fines de semana y festivos de 09:00h a 23:00h) o bien a través del mail siniestros@gerosalud.es
- Se deberá respetar el período de BAJA MÉDICA DEPORTIVA. LA realización de actividad deportiva en período de baja médica será motivo de paralización del proceso asistencial e implicará la no cobertura de cualquier accidente comunicado como consecuencia de ello.
- El siniestro debe comunicarse dentro de las primeras 48 horas a contar desde la fecha de ocurrencia del accidente. Todo siniestro comunicado en un plazo superior a 7 días desde la ocurrencia, carecerá de cobertura. Por tanto, todo siniestro comunicado fuera de este plazo podrá ser rechazado por parte de la Aseguradora.
- Cualquier asistencia, consulta médica, pruebas o rehabilitación, en cualquier centro y especialmente en los de la Seguridad Social que no sea de URGENCIA VITAL, descritas anteriormente, deberá ser autorizada previamente; de lo contrario, será el federado/a quien se haga cargo de los costes incurridos.
Definiciones
Accidente de montaña
Accidente «es una lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita y ajena a la intencionalidad del asegurado, sobrevenida por el hecho u ocasión de la práctica deportiva». Ello excluye las lesiones crónicas y/o preexistentes, enfermedades crónicas o patológicas derivadas de la práctica habitual del deporte (caso de tendinitis, artrosis, hernias y similares), especialmente patológicas degenerativas.
Urgencia vital
Por urgencia vital se entiende toda condición clínica que implique riesgo de muerte o de secuela funcional grave, de manera que requiere una atención médica inmediata e impostergable. Esta prestación es de obligada atención por cualquier institución de Salud. La condición de riesgo de muerte o de secuela funcional grave deberá ser certificada por un médico/cirujano de la unidad de urgencia pública o privada en que el accidentado haya sido atendido.
En los casos de urgencias vitales que impliquen un riesgo grave para la vida o la integridad del accidentado, éste podrá ser atendido por el Centro Sanitario más próximo.
La Compañia Aseguradora abonará al Centro Sanitario los gastos sanitarios derivados de la asistencia de urgencia al accidentado durante las primeras 24 horas desde la fecha del accidente o hasta la estabilización que permita el traslado del accidentado a un centro concertado.
Una vez superada la primera asistencia de urgencia, el accidentado deberá ser trasladado a un Centro del Cuadro Médico para continuar su tratamiento.
Licencia federativa
Es la tarjeta expedida por la FEMPA en la que figuran los datos del titular, su DNI, el club al que pertenece, la modalidad de licencia, el número de póliza y los teléfonos de asistencia del seguro.
Parte de accidente
Deberá ser cubierto por el accidentado en la App FEMPA o en la página web con todos los datos relativos al accidente.
La FEMPA enviará al accidentado por correo electrónico el impreso de Parte de accidente firmado.
El accidentado deberá firmar dicho parte y después:
– Remitir el Parte de accidente a helvetiaaccidentes@hna.es (para accidentes ocurridos en 2025)
– Remitir el Parte de accidente a siniestros@gerosalud.es (para accidentes ocurridos en 2026)
Inicia desde aquí los trámites de tu parte de accidente: