Ya está disponible la Resolución Definitiva de concesión de ayudas correspondiente a la convocatoria de subvenciones FEMPA.
Con esta publicación culmina el proceso de valoración de las solicitudes presentadas, quedando recogidas las entidades beneficiarias y las ayudas concedidas.
Recordamos a las entidades beneficiarias algunos aspectos importantes que deberán tener en cuenta durante la ejecución y posterior justificación de las actividades subvencionadas.
Difusión de la subvención
Deberán dar difusión a la ayuda concedida a través de los medios de comunicación habituales del club (web, redes sociales, correo electrónico, cartelería, boletines, etc.), haciendo constar la colaboración de la FEMPA e incluyendo su logotipo oficial en toda la publicidad y materiales relacionados con la actividad subvencionada.
Justificación de la ayuda
Finalizada la actividad, deberá presentarse:
- Memoria y Cuenta Justificativa Simplificada (Anexo VI).
- Facturas o documentos justificativos del gasto junto con sus correspondientes justificantes de pago.
- Evidencias gráficas de la publicidad realizada.
- Relación de otras ayudas o recursos que hayan financiado la actividad, en su caso.
La documentación justificativa deberá presentarse en el plazo de un mes natural desde la finalización del período de ejecución de la actividad subvencionada.
Pago de la subvención
El abono de la subvención se efectuará una vez acreditada la correcta ejecución de la actividad y presentada la documentación justificativa requerida, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la entidad beneficiaria.
Para cualquier consulta, puedes ponerte en contacto con la FEMPA.




